La muerte, es sin duda un fenómeno que golpea a todos por igual. En este caso el testamento de Catalina india nos muestra una realidad, sobre todo en su viaje a la vida eterna, esto queda en evidencia cuando declara: “y deseando poner mi ánima en carrera de salvación, tomando como tomo por mi abogada e intercesora a la serenísima Reina de los ángeles, Madre de Dios y Señora nuestra, para que ruegue a Dios por mí, pecadora”.
Era común estar adscrito a una orden religiosa, en este caso, solicita que su cuerpo sea “sepultado en el convento del señor San Francisco desta ciudad, en la pila del agua bendita y se pague de mis bienes la limosna acostumbrada”, agregando “Mando que entierren mi cuerpo con la cruz baja y le acompañe el cura y sacristán de la iglesia mayor desta ciudad”
La historia de Catalina, a través de su testamento merece ser contada. Ella quedó a cargo de otros indios, “Declaro que me dejó el dicho mi amo un indio viejo, llamado Juan macho, y una vieja llamada Beatriz, a los cuales he dado de vestir y tratado muy bien.” ¿Quiénes fueron Juan Macho y Beatriz? ¿Qué fue de sus vidas? Tal vez nunca lo sabremos, pero lo que si sabemos es que los últimos días de su vida, fueron cuidados por Catalina.
Sus bienes escasos pero valiosos, fueron donados a los más desvalidos, incluida la muchacha de 14 años, llamada Francisca que declara estar bajo su cuidado. Sobresale además la chacra de porotos y maíz que ella mantenía.
Transcripción Testamento, 5 de febrero de 1596. Fondo Escribanos de Santiago (vol. 34, fols. 190r-19v)
(foja 190)
Estudios In Dei nomine, amen. Sepan cuantos esta carta de testamento, última e postrimera voluntad vieren cómo yo, Catalina india, natural que soy de la ciudad de Angol, residente en esta ciudad de Santiago de Chile, estando como estoy, enferma del cuerpo y sana de la voluntad y en mi entero juicio cual nuestro Señor fue servido de me dar, y deseando poner mi ánima en carrera de salvación, tomando como tomo por mi abogada e intercesora a la serenísima Reina de los ángeles, Madre de Dios y Señora nuestra, para que ruegue a Dios por mí, pecadora, y para hacer el dicho mi testamento, lo ordeno todo como en él se contendrá, en la manera siguiente:
(foja 190v)
Primeramente, encomiendo mi ánima a Dios, nuestro Señor, que la crió y redimió con su preciosa sangre, y el cuerpo a la tierra para do fue formado. Iten. Digo y declaro y mando que si Dios, nuestro Señor, fuere servido de me llevar desta presente vida, mi cuerpo sea sepultado en el convento del señor San Francisco desta ciudad, en la pila del agua bendita y se pague de mis bienes la limosna acostumbrada. Iten. Mando que entierren mi cuerpo con la cruz baja y le acompañe el cura y sacristán de la iglesia mayor desta ciudad. Iten. Mando se diga en el dicho convento, por los frailes dél, doce misas resadas desde el día de mi entierro hasta el novenario y se les pague de mis bienes la limosna acostumbrada. Iten. Declaro qu’el capitán Juan Baraona, mi amo, me dejó cien pesos de oro en poder de Juan Ambrosio, el cual me los debe, sacado lo que declarare que me ha dado; lo cual mando que mi albacea lo aclare y se cobre dél. Declárolo por mis bienes.
Iten. Declaro que me dejó el dicho mi amo un indio viejo, llamado Juan macho, y una vieja llamada Beatriz, a los cuales he dado de vestir y tratado muy bien.
Iten. Declaro asimismo por mis bienes los siguientes: un vestido nuevo de paño azul, a ojo y [ilegible].
Iten. otro vestido, de paño verde, traído, a ojo, y lliclla.
Iten. Mando que destos vestidos se hag[a] de vestir a Diego Barona, mi hijo, y [a] Juan, hijo de Diego Baraona, a quien [yo]lo he criado.
Iten. Mando me entierren con el hábito del señor San Francisco [y se pague de mis] bienes la limosna acostumbra[ da].
(foja 191)
Iten. Declaro que tengo una lliquida de trata; declárola por mis bienes. Iten. Una caja grande con su llave. Iten. Otras dos cajas medianas.
Iten. Un cojín y dos frezadas.
Iten. Mando se dé a los dichos muchachos dicha mi cama, para [que] en duerman. Declaro que una chácara de maíz e porotos, tengo sembrada en una chácara de Pedro de Armenta; mando que los frailes del dicho convento la cojan e concierten con mi albacea lo que me ha decir de misas por ella.
Iten. Dos cordobanes están en mi caja para los dichos muchachos.
Iten. Mando a una niña 14 que tengo en mi poder y compañía, llamada Francisca, mando le den una cajuela chiquita de las tres, y un faldellín azul de paño que tengo.
Iten. Un azadón y un asador, lo cual se les dé a los padres, que digan de misas. Y para cumplir y pagar este mi testamento, última e postrimera voluntad, dejo y nombro por mi albacea testamentario a Jerónimo Pardo, vecino morador de esta ciudad, al cual doy poder cumplido para que entre y tome de mis bienes los que bastare y cumplan e paguen este mi testamento; y el remaniente de el que quedare, dejo y nombro por mi universal heredero a Diego Barona, mi hijo natural y del capitán Juan Baraona, mi amo, para que herede los dichos bienes, cumplido este mi testamento; y con esto revoco y anulo e doy por ningunos e de ningún valor y efecto todos e cualesquier testamentos, codicilios, poderes que haya dado para testar, para que no valgan en juicio ni fuera de el, salvo éste que ahora otorgo,
(foja 191v)
el cual quiero valga por mi testamento, última e postrimera voluntad e por aquello que más haya lugar de derecho; en testimonio de mi deseo otorgué la presente carta ante el presente escribano público e testigos yuso escritos, que es fecha y otorgada en la ciudad de Santiago de Chile, en cinco días del mes de hebrero de mil e quinientos y noventa e seis años.
Testigos que fueron presentes, los padres fray Miguel Gargantie y fray Andrés de San Vicente, de la orden de San Francisco; y Pedro Altamirano y Jerónimo Pardo el mozo; y la dicha otorgante no firmó porque no supo, rogó al dicho San Vicente lo firme por ella de su nombre. Por testigo Fray Andrés de Sant Vicente Pasó ante mí Melchor Hemández Escribano público.